Por el cual se crea una Escuela Normal Rural como Centro Piloto de Educación Fundamental, en Uribia (Guajira)

Rango Decreto
Publicación 1956-05-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En ejercicio de sus atribuciones legales , y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,y

considerando:

Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica;

Que por el Decreto número 0737 de 1956 (abril 5) el edificio construido por el Instituto de Fomento Municipal en el Distrito de Uribia (Intendencia de la Guajira), para un Internado indígena, se destinó para el funcionamiento de una Escuela Normal Rural, dependiente de la División de Educación Campesina del Ministerio de Educación, y

Que es de urgente necesidad la creación de un Centro de Educación Fundamental que a la vez forme personal docente para la Intendencia,

decreta:

Artículo primero. Crease en el Distrito de Uribia (Intendencia de la Guajira) una Escuela Normal Rural como Centro Piloto de Educación Fundamental, dependiente del Ministerio de Educación -División de Educación Campesina- que funcionará en el edificio cedido por el Decreto 0737 ya citado.
Artículo segundo. La partida apropiada en el Capitulo 351, articulo 3679 del Presupuesto Nacional vigente, se destinará para sostenimiento en general del establecimiento creado por el artículo 1°. del presente Decreto.
Artículo tercero. El Ministerio de Educación hará la distribución del Presupuesto y reglamentara la organización y funcionamiento de esta Escuela.
Artículo cuarto. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de abril de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia.

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Hacienda Y Crédito Público, encargado del Ministerio de Fomento,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Mayor General Gabriel París.

El Ministro de Agricultura,

Hernando Salazar Mejía.

El Ministro de Trabajo,

Castor Jaramillo Arrubla.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Félix García Ramírez.

El Ministro de Educación Nacional, encargado del Ministerio de Salud Pública,

Gabriel Betancur Mejía.

El Ministro de Comunicaciones,

Mayor General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Obras Públicas, encargado,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

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