Por el cual se deroga el legislativo número 786, de 20 de mayo último, que reorganizó transitoriamente el Jurado de Aduanas
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
DECRETA
Art. 1º Desde la fecha del presente Decreto queda derogado el marcado con el número 786, de fecha 20 de Mayo último, "por el cual se reorganiza transitoriamente el Jurado de Aduanas" (Diario Oficial número 11,298).
En consecuencia, quedan sin vigor las disposiciones de los artículos 345 á 350 del Código Fiscal y las de la Ley 24 de 1886, sobre Jurado de Aduanas.
Art. 2º Los gastos ocasionados en la ejecución del Decreto que por el presente se deroga, se consideran incluidos en el Presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 19 de Septiembre de 1900.
José Manuel MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno, Guillermo Quintero C. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Martínez Silva El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Hacienda, Miguel Abadía Méndez El Ministro de Guerra, Próspero Pinzón El Ministro del Tesoro, Enrique Restrepo García.
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