Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)

Rango Decreto
Publicación 1950-01-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Hacienda y Crédito Público).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del: día 18 de enero del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes; traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Capítulo 38.

Del artículo 336. Para atender al servicio de amortización, pago de intereses, comisiones y demás gastos del crédito1 otorgado al Gobierno Nacional por el Export Import Bank of Wasgington, Estados Unidos de América, de conformidad con el convenio de 23 de julio de 1941, y convenios adicionales de 16 de septiembre del mismo año y 31 de julio de 1943, y convenio de 12 de agosto de 1948, ratificados los dos primeros, de conformidad con la Ley 48 y el Decreto 1746, de 16 de octubre de 1941, el siguiente por la Ley 44 de 1943, y el último de acuerdo con el Decreto legislativo 1273 de

1948, y la Ley 90 del mismo año 100.000.00
Suman los contracréditos 100.000.00
Capítulo 28.
Al artículo 248. Para muebles, enseres y equipo mecánico y gastos de conservación, reparación y repuestos de los mismos, en el año 15.000.00
Capítulo 32.
Al artículo 277. Para gastos especiales y extraordinarios en la persecución de contrabandos, y para el pago de participaciones a denunciantes y aprehensores de los contrabandos, en el año 45.000.00
Capítulo 34.
Al artículo 298-A. Para atender al pago de las obligaciones pendientes por el cumplimiento de la Ley 80 de 1943, sobre honores al Maestro Valencia 40.000.00
Suman los créditos 100.000.00
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de enero de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

Digitó: CC1014234605

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