por el cual se establece la Planta de Personal de la Agencia Nacional del Espectro (ANE)
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 25 de la Ley 1341 del 30 de julio de 2009 se creó la Agencia Nacional del Espectro (ANE), como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, sin personería jurídica, con autonomía técnica, administrativa y financiera, adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones;
Que la Agencia Nacional del Espectro presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico para efectos de establecer su planta de personal, obteniendo el concepto técnico favorable de ese Departamento;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el correspondiente certificado de viabilidad presupuestal;
Que el Consejo Directivo de la Agencia Nacional del Espectro, en sesión del 20 de noviembre de 2009, decidió someter, a aprobación del Gobierno Nacional, la adopción de su planta de personal, según consta en el Acta número
DECRETA:
Artículo 1°.Planta de personal. Las funciones propias de la Agencia Nacional del Espectro (ANE) serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
| Número de Cargos | Denominación del Empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL | DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL | DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL | DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL |
| 1 (Uno) | Director General de Unidad Administrativa Especial | 0015 | |
| 4 (Cuatro) | Asesor | 1020 | 18 |
| 3 (Tres) | Asesor | 1020 | 15 |
| 1 (Uno) | Asesor | 1020 | 12 |
| 4 (Cuatro) | Profesional Especializado | 2028 | 24 |
| 1 (Uno) | Profesional Universitario | 2044 | 11 |
| 1 (Uno) | Conductor Mecánico | 4103 | 14 |
| 1 (Uno) | Secretario Ejecutivo | 4210 | 22 |
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 3 (Tres) | Subdirector General de Unidad Administrativa Especial | 0040 | 24 |
| 2 (Dos) | Profesional Especializado | 2028 | 24 |
| 1 (Uno) | Profesional Especializado | 2028 | 22 |
| 4 (Cuatro) | Profesional Especializado | 2028 | 20 |
| 7 (Siete) | Profesional Especializado | 2028 | 18 |
| 3 (Tres) | Profesional Especializado | 2028 | 15 |
| 8 (Ocho) | Profesional Universitario | 2044 | 11 |
| 3 (Tres) | Profesional Universitario | 2044 | 09 |
| 2 (Dos) | Técnico Administrativo | 3124 | 13 |
| 3 (Tres) | Técnico Administrativo | 3124 | 11 |
| 3 (Tres) | Secretario Ejecutivo | 4210 | 16 |
Artículo 2°.Transitorio. Los certificados de disponibilidad presupuestal para la vinculación inicial del Director General y Subdirector de Soporte Institucional de la Agencia Nacional del Espectro, ANE, serán expedidos por el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con cargo al presupuesto de funcionamiento de la ANE.
Artículo 3°. Distribución de los cargos. El Director General de la ANE distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1° del presente Decreto, mediante acto administrativo, y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4°.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., el 19 de enero de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
María del Rosario Guerra de la Espriella.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
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