Por el cual se dicta una medida en el ramo de Educación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. La secretaria de la Escuela Normal de Rurales de Gigante (Huila), tendrá el carácter y ejercerá las funciones de Secretaria Tesorera del mencionado plantel.
Parágrafo. Dicha empleada asegurará su manejo mediante fianza por la cuantía que señale la Contraloría General de la Republica.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de abril de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministerio de Educación Nacional.
Darío ECHANDIA.
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