Por el cual se aumenta el personal de la Policía de Muzo

Rango Decreto
Publicación 1911-10-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Elévase á cincuenta (50) el número de agentes de la 8.a División de la Policía Nacional, que hace la vigilancia en las Minas de Muzo.

Los veinte agentes que se aumentan serán cinco de primera clase, cinco de segunda y diez de tercera.

Comuniqúese y publíquese.

Dado en Bogotá á 17 de Octubre de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

PEDRO M. CARREÑO

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