Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1986-03-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Apruébase el Acuerdo número 9 de 27 de junio de 1985 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 9 DE 1985

(junio 27)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo 1° Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para conceder a la Nación un empréstito hasta por veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20.000.000.00), o su equivalente en moneda nacional. Este empréstito se otorgará con recursos del Fondo Nacional del Café.

Artículo 2° Se faculta al Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros para acordar todos los términos del empréstito mencionado, en lo relativo al plazo, los intereses, la forma y oportunidad de las entregas de los dineros correspondientes y el pago. La única limitación de sus facultades consiste en que el plazo no será menor a cinco años, ni los intereses inferiores al 24.5% anual.

Artículo 3° En ejercicio de las facultades que se le confieren, podrá el Gerente General de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia celebrar todos los actos jurídicos que sean necesarios para el cumplimiento de los fines propuestos.

Artículo 4° Sométase al presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los veintisiete (27) días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente,

(Fdo.) Hernán Toro Uribe.

El Secretario,

(Fdo.) Jorge Arango Mejía.

ARTÍCULO 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de marzo de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hugo Palacios Mejía.

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