Adicional a la 1a liquidación del presupuesto de gastos del bienio de 1891 y 1892
El Gobierno de la República
DECRETA:
Artículo único. Adiciónase la 1.ª liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1891 y 1892 de la manera siguiente:
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA.
CAPÍTULO XXXVIII.
Tribunales de Distrito Judicial (Personal).
Art. 104. Sueldos de los empleados del Tribunal del Departamento de Antioquia.
5.º Para elevar el sueldo del Oficial Escribiente de la Sala de lo civil á $ 600 anuales (disposición general de la ley 86 de 1890), que había sido liquidado por disposición anterior de la misma ley á $ 480, en el bienio $ 240
| CAPITULO XL. | |
|---|---|
| Juzgados de Circuito (Personal). | |
| Departamento de Antioquia | |
| Art. 135. Sueldos de los empleados de los Juzgados del Circuito de Jericó, en el bienio. | |
| 7.° Para elevar á $ 360 anuales el sueldo del Escribiente del Juzgado 2.º (ley 118 de 1890), que había sido liquidado á $ 240, de acuerdo con la ley de Presupuestos, $ 120 anuales, en el bienio | 240 |
| Departamento de Boyacá | |
| Art. 154. Sueldos de los empleados de los Juzgados del Circuito de Oriente, en el bienio : | |
| 5.º Del Juez 2º, á $ 1,200 anuales .$ 2,400 | |
| 6.° Del Secretario, á $ 840 anuales 1,680 | |
| 7º Del Escribiente, á $ 360 anuales 720 | |
| 8.° Del Portero - Alguacil, á $ 192 anuales.384 | 5,1874 |
| Art 160. Sueldos de los empleados del Circuito de Gutiérrez. en el bienio : | |
| 9.° Del Juez 3.°, á $ 1,200 anuales 2,400 | |
| 10. Del Secretario, á $ 840 anuales 1,680 | |
| 11.DelEscribiente, á $360 anuales720 | |
| 12. Del Portero - Alguacil, á $ 192 anuales 384 | 5,184 |
| Suma. | $10,848 |
| RESUMEN : | |
| Valor de la 1.ª liquidación y de las adicionales anteriores al presente Decreto | $ 25.895,428-85 |
| Valor de la precedente liquidación adicional | 10,848 |
| Total general del Presupuesto de Gastos | $ 25.906,276-85 |
NOTA.-En el artículo 163 de la 1ª liquidación del Presupuesto de Gastos, donde dice "Circuito del Cauca," debe leerse : Circuito de Buga.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 10 de Octubre de 1891.
CARLOS HOLGUÍN
El Ministro del Tesoro,
Marcelino Arango.
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