Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre carreteras
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional.
DECRETA:
Artículo primero. Incorpórase a la red nacional la carretera Patico - Coconuco de 9 kilómetros de longitud, construida por el Departamento del Cauca. En adelante la conservación, adiciones y mejoras de la mencionada vía corresponderá a la Nación.
Artículo segundo. La conservación de la vía denominada "Camino Nacional de las Papas", entre la población de San Sebastián y el límite con el Departamento del Huila, corresponderá en lo sucesivo al Departamento del Cauca.
Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y quedan suspendidas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de mayo de 1957.
Mayor General GABRIEL PARIS G., Presidente de la Junta.
Mayor general Deogracias Fonseca.
Contraalmirante Rubén Piedrahita A.
Brigadier General Rafael Navas Pardo.
Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Gobierno,
José María Villarreal.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Sanz de Santamaría.
El Ministro de Justicia,
Mayor General Alfredo Duarte Blum.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General, Alfonso Sáiz M., Secretario General del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho.
El Ministro de Agricultura,
Jorge Mejía Salazar.
El Ministro del Trabajo,
Raimundo Emiliani Román.
El Ministro de Salud Pública,
Juan Pablo Llinás A.
El Ministro de Fomento,
Joaquín Vallejo.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Julio César Turbay Ayala.
El Ministro de Educación Nacional,
Próspero Carbonell.
El Ministro de Comunicaciones,
Mayor General, Pedro A. Muñoz.
El Ministro de Obras Públicas,
Tulio Ospina Pérez.
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