Por el cual se deroga una disposición del Reglamento Orgánico del Ejército

Rango Decreto
Publicación 1912-10-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

Decreta:

Artículo único. Derógase el artículo 60 del Reglamento Orgánico del Ejército, aprobado por Decreto número 437 de 13 de mayo de 1911.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de octubre de 1912.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Guerra,

JOSE MANUEL ARANGO

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