POR EL CUAL SE HACEN UNOS TRASLADOS EN EL PRESUPUESTO DEL AÑO FISCAL EN CURSO

Rango Decreto
Publicación 1933-05-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 16 de los corrientes, autorizó los traslados solicitados por el Ministro de Hacienda y Crédito Público entre apropiaciones incluidas en los capítulos 68 y 72 del Presupuesto del Departamento Nacional de Higiene,

DECRETA:

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso:

DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE

CAPITULO 68

Personal y material

Del articulo 342 $ 5,000
Del artículo 347 2,000
CAPITULO 72
Lazaretos.
Del artículo 383 3,000
Del artículo 388 15,000
AI artículo 384 10,000
AI artículo 385 10,000
Al artículo 387 5,000
Sumas iguales $ 25,000 25,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de mayo de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público;

Esteban JARAMILLO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.