Por el cual se distribuyen una apropiación (Ramo de Edificios Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1951-06-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 122, articulo 1597 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951 "para gastos de administración y construcción de edificios nacionales", hácese la siguiente distribución parcial, para la ejecución de las siguientes obras:
Capítulo 722-artículo 1597. Ordinal S) Para la construcción de las obras, de adaptación del edificio el Hotel de Turismo de Popayán, para residencia de estudiantes de la Universidad del Cauca $ 247.492.40
Ordinal T) Para la construcción de las obras de adaptación del edificio de la Colonia de Vacaciones de Villavicencio, para Hospital $ 150.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de abril de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Almirez Restrepo. - El Ministro de Obras Públicas, Jorge Legua.

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