Sobre la aprobacion del Acuerdo departamental numero 6° de 1907 relativo á la creación de Rentas municipales en el Departamento de Boyacá
El Presidente de la República de Colombia
considerando:
que por los decretos 1378, 1476 de 1906, 707,acto legislativo resolución número 2 de 1907 los consejos administrativos pueden crear las rentas municipales en conformidad con lo establecido por las ordenanzas que autorizaban este; procedimiento y
que todas las rentas municipales que establece el expresado Acuerdo son exequibles para atender al servicio público de departamento de Boyacá,
decreta:
Artículo único Apruébase el Acuerdo número 6 de 1907 dictado per el Consejo administrativo de Boyacá, relativo á la creación de Rentas municipales consagradas á atender a las necesidades fiscales del Departamento.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 9 da Agosto de 1907.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- d. euclides DE ANGULO
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