Por el cual se incorporan unos auxilios nacionales en los presupuesto de rentas y gastos de la Intendencia del Chocó y de San Andrés y Providencia
El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Acrécese el presupuesto de rentas y gastos de la actual vigencia de la Intendencia de San Andrés y Providencia, con la suma de $ 3.000, provenientes del auxilio del Ministerio de Educación Nacional, con destino al sostenimiento de los restaurantes escolares, y créase dentro del mismo presupuesto, la siguiente apropiación:
CAPITULO III
Departamento de Educación.
| Artículo 24-A. Para sostenimiento de los restaurantes escolares de la Intendencia | $3.000.00 |
|---|---|
Artículo 2° Acrécese el numeral 9° del Capítulo I del presupuesto extraordinario de rentas y gastos de la Intendencia del Chocó, aprobado por el Decreto ejecutivo número 1028 de 1943 (mayo 26) con la suma de $ 500, mayor valor que aporta el Ministerio de Educación Nacional para restaurantes escolares, en la Intendencia, y aumentase con esta suma la apropiación del artículo 16, Capítulo III, Departamento de Educación, del presupuesto extraordinario de dicho Territorio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de abril de 1944.
DARIO ECHANDIA
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS
Digitó: CC1.023.922.646
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