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por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA) y se dictan otras disposiciones

Texto vigente a fecha 2013-05-17

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA), presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 19 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto número 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable.

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA), los siguientes empleos:
No de empleos Denominación del empleo Código Grado
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
2 (Dos) Subdirector General de Unidad Especial 0040 20
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA) los siguientes empleos:
No de empleos Denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR DESPACHO DEL DIRECTOR DESPACHO DEL DIRECTOR DESPACHO DEL DIRECTOR
4 (Cuatro) Asesor 1020 12
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 20
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
2 (Dos) Director Técnico 0100 20
1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 19
9 (Nueve) Profesional Especializado 2028 22
17 (Diecisiete) Profesional Especializado 2028 20
15 (Quince) Profesional Especializado 2028 17
6 (Seis) Técnico Administrativo 3124 16
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 16
4 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 22
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 16
Artículo 3°. El Director General de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA), distribuirá los empleos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes, programas y proyectos de la Unidad.
Artículo 4°. Los empleos de carrera de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario número 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto número 4146 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de mayo de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.