Por el cual se fijan unas asignaciones, se crean unos puestos y se reconoce una suma de dinero

Rango Decreto
Publicación 1928-06-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1o A partir del primero de junio del corriente año, las asignaciones mensuales de los empleados que en seguida se expresan serán las siguientes:
Girardot Girardot
Administrador Subalterno de Hacienda $ 180
Secretario Ejecutor 120
Dos Guardas, cada uno a 50
Cali Cali
Contador de la Administración de Hacienda 180
Tunja Tunja
Portero de la Administración de Hacienda 50
Buga Buga
Administrador Subalterno de Hacienda 120
Armenia Armenia
Administrador subalterno de Hacienda 150
Artículo 2o Créase para la primera Superintendencia Delegada de Rentas del Ministerio, el puesto de Ayudante del Almacenista de Especies con la asignación mensual de $90.
Artículo 3o Créase el puesto de Cajero para la Administración de Hacienda Nacional del Tolima con la asignación mensual de ciento veinte pesos ($120).
Artículo 4o Reconócese a favor del señor Rafael Camargo la suma de ciento cincuenta pesos ($150) moneda corriente, por el tiempo que empleó en la entrega de las especies de timbre nacional, de Lazaretos y papel sellado, al nuevo Almacenista de la primera Superintendencia delegada, con imputación al artículo 248 del actual Presupuesto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de mayo de 1928

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.