Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1941-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 14 de mayo en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y crédito público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en la nota número 6333, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Articulo 1º Hacense siguientes traslados en el Presupuesto vidente:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Capitulo 85:
Del artículo 1100. Para la carretera del Sarare $ 19.907.40
Del artículo 1108. Para la carretera Gamarra-Ocaña 19.487.50
Del artículo 1140. Para la carretera Lemos-Versalles, Ley 18 de 1938 3.000.00
Capítulo 89:
Al artículo 1177-A. Para gastos de la Interventoria del Colegio de Santa Librada, en Cali, y de la Penitenciaría de Palmira 3.000.00
Al artículo 1181-A. Para continuar la construcción del edificio para el Colegio de San José, en Pamplona 39.394.90
Sumas iguales $ 42.394.90 42.394.90
Articulo 2º El presente Decreto rige desde su fecha,

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de mayo de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Obras Públicas,

José GOMEZ PINZON

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