Por el cual se hace un traslado dentro de un mismo capítulo del presupuesto
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que el Consejo de Ministros tuvo a bien autorizar el traslado que solicita el señor Ministro de Industrias en su oficio número 658, de fecha 15 del presente mes,
DECRETA:
Artículo 1° Trasládase la suma de $ 8,209-75, del artículo 160 del capítulo 14 al artículo 158, del mismo capítulo, del Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo 2° Dése conocimiento al señor. Contralor General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de mayo de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Industrias,
Francisco José CHIAUX
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