Sobre cesión de unas vigas metálicas a los Municipios de Sana Marta y Aracataca, para la construcción de obras destinadas al servicio público
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que en los depósitos del ferrocarril nacional del Magdalena hay veinte vigas metálicas, que no tienen aplicación inmediata en las obras que se adelantan por cuenta de la Nación en el Departamento del Magdalena;
Que la Gobernación de dicho Departamento ha pedido que se entreguen ocho de tales vigas al Municipio de Santa Marta y doce al Municipio de Aracataca, para dos puentes que proyectan construir esos Municipios, en vías de uso público; y
Que la Contrataría General de 1a República ha conceptuado, en oficio número 4967 de 18 de los corrientes, que el Gobierno puede ceder las vigas precitadas a los Municipios en referencia,
DECRETA:
Articulo único. El Ministerio de Obras Públicas entregará a la Gobernación del Magdalena, en el lugar donde se hallan actualmente, las veinte vigas metálicas que se han pedido para los Municipios de Santa Marta y Aracataca, las cuales deben destinarse exclusivamente a la construcción de los puentes que proyectan levantar dichos Municipios en vías de uso público.
Comuníquese y publiquese.
Dado en Bogotá a 25 de mayo de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Obras Públicas,
César García ALVAREZ
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