Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Defensa Nacional), por $ 2.500.000.00

Rango Decreto
Publicación 1969-06-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 ele la Ley 35 de 1968, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación:

Que el Ministerio de Defensa Nacional propuso la distribución de $ 2.500.000.00, correspondientes al Capítulo 535. P r o g r a m a 582, artículo 5503 del Presupuesto de la actual vigencia, y

Que el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto, han estudiado y encontrado ceñida a las legales, la distribución propuesta,

DECRETA:

Artículo 1º. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
Presupuesto de Inversión
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
CAPITULO 535
Ejército Nacional
Programa 582
Construcción de Cuarteles y otras instalaciones Construcción de Cuarteles y otras instalaciones Construcción de Cuarteles y otras instalaciones
Inversión directa
Recursos del Crédito
(Bonos de Desarrollo Económico)
564, 152. Artículo 5503. Para iniciar, continuar y mejorar Cuarteles e instalaciones complementarias, mediante distribución, previo estudio del Ministerio de Defensa, la Dirección General del Presupuesto y el Departamento Administrativo de Planeación 2.500.000
Que se distribuye así:
Proyecto 1. Para iniciar construcción aulas bachillerato Escuela de Suboficiales en el Batallón "Junín", en Popayán 800.000 800.000
Proyecto 2. Para iniciar construcción edificio Cuartel General Octava Brigada, en Armenia 1.000.000 1.000.000
Proyecto 3. Terminación electrificación en Tolemaida 300.000 300.000
Proyecto 4. Electrificación en el Batallón de Mantenimiento 200.000 200.000
Proyecto 5. Obras urbanismo en Novena Brigada, en Neiva 200.000 200.000
Total $ 2.500.000
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de junio de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

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