Por el cual se adiciona la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Rango Decreto
Publicación 1977-05-25
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional y en especial las de los Decretos-leyes números 1912 de 1973 y 540 de 1977,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en los siguientes cargos:

Secretaría de Integración Popular.

Número de Cargos Nombre del Empleo Clase Grado Sueldo Básico
2 Profesionales Especializados III 20 $ 14.900
2 Secretarios III 11 4.900
7 Profesionales Universitarios V 22 12.100
1 Técnico en Presupuesto IV 18 9.200
1 Auxiliar de Contabilidad II 9 4.100
10 Delegados Administrativos IV 21 11.400
10 Promotores de Desarrollo de la Comunidad V 18 9.200
1 Estadígrafo III 11 4.900
2 Dibujantes II 11 4.900
1 Recepcionista III 7 3.400
1 Técnico en Planeación IV 22 12.100
2 Choferes Mecánicos III 9 4.100
2 Auxiliares de Servicios Generales IV 6 3.100
1 Almacenista II 16 4.900
1 Contador V 22 12.100
1 Técnico en Administración IV 22 12.100
Artículo 2° El gasto que ocasione el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° del presente Decreto se imputará con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la actual vigencia.
Articulo 3° En los términos del presente Decreto queda modificado el artículo 1° del Decreto número 281 de 1976.
Artículo 4° Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 2 de mayo de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama.

El Secretario General, .Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Carlos del Castillo Restrepo.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Saturia Esguerra Portocarrero.

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