Por el cual se hace una distribución parcial de la partida destinada para sostenimiento de becas en el interior
para sostenimiento de becas en el interior.
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere artículo 8° de la Ley de 1958,
DECRETA:
Artículo primero. De la partida apropiada en el Capítulo 393, artículo 4476 del Presupuesto Nacional vigente, para el sostenimiento de becas concedidas en los establecimientos que determine el Gobierno, destínase la suma de ciento cuarenta y ocho mil novecientos cincuenta pesos ($148.950.00) moneda corriente, distribuida así:
| Establecimientos dependientes de la División de Normales y Educación Primaria: | Mensual | Total | |
|---|---|---|---|
| En diez meses, febrero a noviembre: | |||
| 10 Becas en la Normal Nuestra Señora de Lourdes, de Medellín, a $70.00 mensuales | $ | 700.00 | 7.000.00 |
| 3 Becas en el Instituto Isabel la Católica, de Medellín, a $70.00 mensuales | 210.00 | 2.100.00 | |
| 10 Becas en la Normal La Inmaculada, de San José, de San Andrés, a $70.00 mensuales | 700.00 | 7.000.00 | |
| 10 Becas en el Colegio Santa Teresa, del Carmen de Viboral (Antioquia), a $70.00 mensuales | 700.00 | 7.000.00 | |
| 5 Becas en la Normal La Inmaculada, de Granada (Antioquia), a $70.00 mensuales | 350.00 | 3.500.00 | |
| 5 Becas en la Normal La Inmaculada", de Garamanta (Antioquia), a $70.00 mensuales | 350.00 | 3.500.00 | |
| 1 Beca en la Normal La Merced, de Yarumal (Antioquia) | 70.00 | 700.00 | |
| 4 Becas en la Sección Normalista del Colegio Biffi, de Cartagena, a $70.00 mensuales | 280.00 | 2.800.00 | |
| 5 Becas en la Normal Nuestra Señora del Rosario, de Neira (Calas), a $70.00 mensuales | 350.00 | 3.500.00 | |
| 5 Becas en la Normal Santa Teresita, de Salento (Caldas), a $70.00 mensuales | 350.00 | 350.00 | |
| 4 Becas en la Normal La Presentación de Pensilvania (Caldas), a $70.00 mensuales | 280.00 | 2.800.00 | |
| 5 Becas en la Normal Santa Teresita, de Chinchiná (Caldas), a $70.00 mensuales | 350.00 | 3.500.00 | |
| 30 Becas en la Normal Superior de Señoritas de Popayán, a $70.00 mensuales | 2.100.00 | 21.000.00 | |
| 10 Becas en la Normal Superior de Señoritas, Santa Clara, de Almaguer (Cauca), a $70.00 mensuales | 700.00 | 7.000.00 | |
| 15 Becas en la Universidad Pedagógica Femenina de Bogotá, a $150.00 mensuales | 2.250.00 | 22.500.00 | |
| 8 Becas en la Universidad Pedagógica Femenina de Bogotá, a $90.00 mensuales | 720.00 | 7.200.00 | |
| 5 Becas en la Instituto Pedagógico Nacional de Bogotá a $70.00 mensuales | 350.00 | 3.500.00 | |
| 20 Becas en la Sección Normalista Femenina de la Universidad Libre, a $50.00 mensuales | 1.000.00 | 10.000.00 | |
| 2 Becas en la Casa de Formación "Auxilium", de Usaquén, a $70.00 mensuales | 140.00 | 1.400.00 | |
| 5 Becas en la Normal Nuestra Señora del Buen Suceso, de Nemocón (Cund.) a $70.00 mensuales | 350.00 | 3.500.00 | |
| 1 Beca en la Normal María Auxiliadora, de Villapinzón, (Cundinamarca), a $70.00 mensuales | 70.00 | 700.00 | |
| 10 Becas en la Normal Superior de Varones de Pitalito (Huila), a $70.00 mensuales | $ | 700.00 | 7.000.00 |
| 5 Becas en la Sección Normalista del Liceo de La Merced Maridíaz, de Pasto, a $25.00 mensuales | 125.00 | 1.250.00 | |
| 15 Becas en la Sección Normalista del Instituto Teresiano, de Túquerres (Nariño), a $20.00 mensuales | 300.00 | 3.000.00 | |
| 10 Becas en la Sección Normalista del Instituto Teresiano, de Túquerres (Nariño), a $70.00 mensuales | 700.00 ____ | 7.000.00 ____ | |
| Total | $ | 14.895.00 ____ | 148.950.00 ____ |
| Artículo segundo. Tanto para los establecimientos de Bogotá D. E., como para los de fuera de la ciudad capital, el pago se liará tan pronto como los respectivos planteles remitan al Ministerio de Educación Nacional la relación de los alumnos becados, número de la resolución de adjudicación, fecha y número de la matrícula y constancia de asistencia. | Artículo segundo. Tanto para los establecimientos de Bogotá D. E., como para los de fuera de la ciudad capital, el pago se liará tan pronto como los respectivos planteles remitan al Ministerio de Educación Nacional la relación de los alumnos becados, número de la resolución de adjudicación, fecha y número de la matrícula y constancia de asistencia. | Artículo segundo. Tanto para los establecimientos de Bogotá D. E., como para los de fuera de la ciudad capital, el pago se liará tan pronto como los respectivos planteles remitan al Ministerio de Educación Nacional la relación de los alumnos becados, número de la resolución de adjudicación, fecha y número de la matrícula y constancia de asistencia. | Artículo segundo. Tanto para los establecimientos de Bogotá D. E., como para los de fuera de la ciudad capital, el pago se liará tan pronto como los respectivos planteles remitan al Ministerio de Educación Nacional la relación de los alumnos becados, número de la resolución de adjudicación, fecha y número de la matrícula y constancia de asistencia. |
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Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 25 de marzo de 1959.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa
El Ministro de Educación Nacional,
Reinaldo Muñoz Zambrano
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