Por el cual se aprueba el Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1985-04-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1 º. Apruébase el Acuerdo número 3, de febrero 21 de 1985 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

"ACUERDO NUMERO 0003 DE 1985

(febrero 21)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo 1º Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para comprar, con recursos del Fondo Nacional del Café y para éste, un predio rural, de una cabida aproximada de 34 hectáreas, ubicado en el Municipio de Pereira, Departamento del Risaralda, predio del cual es dueño y poseedor el señor Guillermo Mejía.

Su compra se hará previo avalúo y el precio no será superior de la cantidad de veinticinco millones de pesos ($ 25.000.000) moneda corriente.

Artículo 2º El Gerente General de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, queda autorizado para celebrar el contrato de compraventa y acordar todos sus términos, tales como precio y forma de pago, y para suscribir todos los documentos necesarios en orden al fin propuesto.

Artículo 3º Sométase el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los veintiún (21) días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente (Fdo.),

ALFONSO PALACIO RUDAS.

El Secretario (Fdo.),

JORGE ARANGO MEJIA".

ARTÍCULO 2º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de marzo de 1985.

BELISARIO BETANCUR

La Ministra de Hacienda y Crédito Público (E.)

María Mercedes Cuellar De Martínez.

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