Por el cual se suprimen unos empleos y se crean otros en el ramo telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta :
Articulo 1.° Suprimense los empleos de Oficial Escribiente y Ayudante del Cajero Contador de la Intendencia de Telégrafos, y créanse los de Oficial Ayudante del Intendente y Oficial de Relaciones de la Oficina de Contabilidad de la Intendencia, cada uno con la asignación mensual de $ 50.
Artículo 2.° Suprímese igualmente una plaza de Copista de la Oficina Telegráfica Central, y reorganízase la Caja y Contabilidad de la misma Oficina, con el personal y asignaciones mensuales siguientes :
Un Cajero, con $ 100.
Un Tenedor de Libros, Jefe de la Contabilidad, con $ 90.
Un primer Ayudante, con $ 75.
Un segundo Ayudante, con $ 65.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de septiembre de 1914.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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