POR EL CUAL SE APLAZA LA VIGENCIA DEL DECRETO NUMERO 918 DE 1931, QUE SEÑALA EL PORTE NACIONAL DE LOS DESPACHOS TELEGRAFICOS INTERNACIONALES VIAS MARCONI Y ALL AMERICA
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Aplézaze, hasta nueva disposición del Gobierno, la vigencia del Decreto número 913 de 25 de mayo de 1931, "por el cual se señala el porte nacional de los despachos telegráficos internacionales vías Marconi y All America."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1° de junio de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Tulio Enrique TASCON.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.