Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1985-04-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso sus facultades legales,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Apruébase el Acuerdo número 5 de marzo 21 de 1985 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

"ACUERDO NUMERO 0005 DE 1985

(marzo 21)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo 1° Aumentar en la suma de un mil cien millones de pesos ($ 1.100.000 000), el presupuesto de los Comités Departamentales, con destino a obras de infraestructura.

Artículo 2º De esta cantidad se repartirán novecientos millones de pesos ($ 900.000.000) entre los mismos Comités, de conformidad con su participación en la producción nacional de café, y doscientos millones de pesos ($ 200.000.000), serán destinados a programas de máxima prioridad en los diferentes departamentos, según criterio del Comité Nacional, pero con la advertencia de buscar, en todo caso, el que las inversiones cumplan el fin de mejorar las condiciones sociales y económicas de la población rural y promover el aumento del empleo, como medio de afianzar la paz.

Artículo 3º La Gerencia queda autorizada para hacer todas las gestiones y adoptar todas las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de este Acuerdo.

Artículo 4º Sométase el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los veintiún (21) días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente (Fdo.), ALFONSO PALACIO RUDAS.

El Secretario (Fdo.), JORGE ARANGO MEJÍA".

ARTICULO 2º.Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de marzo de 1985

BELISARIO BETANCUR

La Ministra de Hacienda y Crédito Público (E.),

María Mercedes Cuellar De Martínez.

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