Por el cual se fija la remuneración del personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico -FOCINE-
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del 1º de enero de 1988, fíjase la siguiente escala de remuneración para el personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico -FOCINE-:
| CARGO | GRADO | ASIGNACION BASICA |
|---|---|---|
| Gerente | 03 | $ 271.700 |
| Subgerente | 05 | 187.900 |
| Secretario General | 06 | 187.900 |
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto - ley 624 de 1987 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcon Mantilla.
El Ministro de Comunicaciones,
Fernando Cepeda Ulloa.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquin Barreto Ruiz.
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