por el cual se restablece una Oficina y se crea otra en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta :
Restablécese la Oficina Postal y Telegráfica de Cambao, con el mismo personal y asignaciones mensuales que ha tenido, por no haberse llevado a efecto el traslado de ella a la población de Méndez, y créase la de San Mateo (Departamento de Boyacá) , servida por un Telegrafista Administrador de Correos y un Cartero, con las asignaciones de $ 20 y $ 2, respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de septiembre de 1914.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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