por el cual se aprueba el Acuerdo número 0016 de febrero 26 de 1986, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Rango Decreto
Publicación 1986-03-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Aprobar el Acuerdo número 0016 de febrero 26 de 1986, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, "por el cual se adiciona la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar", cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 0016 DE 1986

(febrero 26)

por el cual se adiciona la planta de personal del instituto colombiano de bienestar familiar.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en uso de sus facultades legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo 1° Crear los siguientes cargos en la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar:

N°DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO CÓDIGO GRADO
DIRECCIÓN GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DIRECCIÓN GENERAL
SUBDIRECCIÓN DE NUTRICIÓN, PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS. SUBDIRECCIÓN DE NUTRICIÓN, PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS. SUBDIRECCIÓN DE NUTRICIÓN, PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS. SUBDIRECCIÓN DE NUTRICIÓN, PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS.
1 Profesional especializado 3010 10
REGIONAL VALLE DEL CAUCA REGIONAL VALLE DEL CAUCA REGIONAL VALLE DEL CAUCA REGIONAL VALLE DEL CAUCA
División de Producción de División de Producción de División de Producción de División de Producción de
Alimentos Enriquecidos - Cartago. Alimentos Enriquecidos - Cartago. Alimentos Enriquecidos - Cartago. Alimentos Enriquecidos - Cartago.
1 Jefe División 2040 14
2 Profesional Universitario 3020 06
1 Técnico Administrativo 4065 11
4 Técnico Operativo 4080 09
4 Coordinador 5005 21
1 Almacenista 5080 13
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
1 Secretario 5140 08
6 Operario Calificado 6000 09
2 Chofer Mecánico 6010 06
10 Operario 6030 05
2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 02

Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de su aprobación, mediante Decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de febrero de 1986.

(Fdo.) El Presidente de la Junta Directiva.

(Fdo.) El Secretario de la Junta Directiva».

ARTÍCULO 2°El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de marzo de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hugo Palacios Mejía.

El Ministro de Salud,

Efraín Otero Ruiz.

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Ericina Mendoza Saladén.

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