Por el cual se crean varios puestos de Músicos en la Banda del destacamento del Amazonas, Putumayo y Caquetá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Articulo único. Con anterioridad al 16 de abril del corriente año, créanse los siguientes puestos de Músicos en la Banda del destacamento del Amazonas, Putumayo y Caquetá, con las asignaciones mensuales que a continuación se indican:
| Un Músico de primera clase | $ | 40 |
|---|---|---|
| Un Músico de segunda clase | 35 | |
| Dos Músicos de tercera clase, a $ 30 cada uno. | 60 |
Parágrafo. Queda en estos términos adicionado el Decreto número 724 de 1933.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá 25 de mayo de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
- M. A. AULI
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