Sobre destinación de unos elementos

Rango Decreto
Publicación 1959-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Provenientes del extinguido Puesto de Monta de Leticia que sostenía el Ministerio de Agricultura, se destinan al Ministerio de Guerra, y para el servicio de la Granja Ganadera de la Base Aérea de Tres Esquinas (Caquetá), los siguientes semovientes:
Un torete de dos años Romosinuiano. Valor inventario $ 200.00
Una novilla Romosinuana. Valor inventario 300.00
Una ternera Romosinuana, valor inventario 70.00
Un torete de dos años Romosinuano. Valor inventario 120.00
Una ternera Romosinuana de 15 meses. Valor inventario 70.00
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, D. E., a 30 de marzo de 1959. ALBERTO LLERAS Ministro de Guerra. Alfonso Sáiz Montoya, Ministro de Agricultura. Augusto Espinosa Valderrama, Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, D. E., a 30 de marzo de 1959. ALBERTO LLERAS Ministro de Guerra. Alfonso Sáiz Montoya, Ministro de Agricultura. Augusto Espinosa Valderrama, Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, D. E., a 30 de marzo de 1959. ALBERTO LLERAS Ministro de Guerra. Alfonso Sáiz Montoya, Ministro de Agricultura. Augusto Espinosa Valderrama,
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