por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Gobierno), por $ 144.660.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3º del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa.
Que el Ministerio de Gobierno por medio de la Resolución número 00292 de 1969, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un total de $ 144.660.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto - ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 26 de 1969, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32821 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de junio de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.