por la cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940,
DECRETA:
Artículo 1º Ratificase el Acuerdo número 19 del 17 de diciembre de 1992 expedido por el Comité Nacional de Cafeteros.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 13 de mayo de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
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