Por el cual se aprueban unas Resoluciones de los Administradores de las Aduanas de Santa Marta, Cartagena y Riohacha
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1º Apruébanse las Resoluciones dictadas por los señores Administradores de las Aduanas de Santa Marta, Cartagena y Ríohacha:
Resolución número 24, de marzo de 1926:
Adscríbense al señor Administrador de la Aduana de Santa Marta, interinamente, las funciones del Cajero de la misma.
Resolución número 310, de mayo 6 de 1926:
El Liquidador señor Arturo Vanegas, actuará en la Sección de la Machina, con el carácter de Jefe del Reconocimiento, y en ausencia del Administrador Delegado, ejercerá las funciones de este empleado.
Resolución número 32, de marzo 3 de 1926:
El Guardalmacén de la Aduana de Ríohacha, debe prestar una caución de quinientos pesos ($ 500), la cual será presentada en escritura pública por dos personas que reúnan las condiciones que exige el artículo 2376 del Código Civil y que renuncien el beneficio de excusión.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de junio de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.
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