Por el cual se aclara el alcance del inciso 2° del artículo 2° del decreto número 1110 de 14 de junio de 1928
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Aclárase el alcance del inciso 2o del artículo 2o del Decreto número 1110 de 14 de junio de 1928, en el sentido de que en dicho inciso quedan comprendidos todos aquellos que a tiempo de entrar en vigencia tal Decreto adelantaban, en legal forma, solicitudes de adjudicación de baldíos a cambio de bonos territoriales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de junio de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Industrias,
Francisco José CHAUX
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