Por el cual se concede una autorización al Director de la Imprenta Nacional, y se crean unos puestos en el mismo establecimiento
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades,
y teniendo en cuenta que se ha aumentado considerablemente el trabajo de distribución en la Imprenta Nacional, debido al sistema de tareas que se ha implantado,
decreta:
Artículo 1.º Autorízase al Director de la Imprenta Nacional para que, previa consulta con el Ministro de Gobierno, pueda establecer el sistema de remuneración por tarea, y de acuerdo con la tarifa que se señale al efecto, en vez del de asignaciones fijas de que disfrutaban algunos empleados de la Imprenta, y viceversa.
Artículo 2.º Créanse dos plazas más de Distribuidores en la Imprenta Nacional, los que tendrán iguales asignaciones a los de su clase.
Artículo 3.º Créase, además, la plaza de Auxiliar del Contador Despachador del Diario Oficial, quien ejercerá también las funciones de acarreador del mismo periódico, y gozará de una asignación mensual de $20.
Artículo 4.º Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de junio de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno, Miguel Abadía Méndez.
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