Por el cual se aumenta la suma para expedir giros postales en la Administración de Correos de Armenia (Antioquia)
El Presídante de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Auméntase a seiscientos pesos ($ 600) mensuales la suma para expedir giros postales en la Administración Subalterna de Correos de Armenia (Antioquia).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de mayo de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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