Por el cual se distribuyen las partidas para sostenimiento en general de las Escuelas Vocacionales de Falan, Fresno y Santa Isabel (Departamento del Tolima)

Rango Decreto
Publicación 1943-05-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos y sostenimiento en general de las Escuelas Vocacionales de Falan, Fresno y Santa Isabel, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

FALAN

En seis (6) meses, de enero a junio, así:

Mensual Total
Director $ 140.00 840.00
Profesor de cultura general 80.00 480.00
Para sostenimiento del restaurante escolar 150.00 900.00
Para compra de abonos, se millas, insecticidas, jornales, reparaciones locativas, transportes, drogas, anímate de trabajo y demás gastas de esta Escuela 130.00 780.00
Totales $500.00 3,000.00
FRESNO b) Capitulo 65, artículo 959. En seis (6) meses, de enero a junio, así: Mensual Total
Director $ 140.00 840.00
Profesor dé cultura general 80.00 480.00
Para .sostenimiento del restaurante escodar 150.00 900.00
Para compra de abonos, semillas, insecticidas, jornales, reparaciones locativas, transportes, drogaos, animales de trabajo y demás gastos de esta Escuela 130.00 780.00
Totales 500.00 3.000.00
SANTA ISABEL c) Capítulo 65, artículo 962. En seis (6) meses, de enero a junio, así: Mensual Total
Director 140.00 840.00
Profesor de cultura general 80.00 480.00
Para sostenimiento del restaurante escodar 150.00 900.00
Para compra de abonos, semillas, insecticidas, jornales, reparaciones locativas, transportes, drogas, animales de trabajo y demás gastos de esta Escuela 130.00 780.00
Totales $ 500.00 3.000.00

Parágrafo. Las partidas correspondientes a sueldos se girarán a los respectivos Administradores de Hacienda, y las correspondientes a sostenimiento de restaurantes escolares y servicios varios de las Escuelas enumeradas anteriormente serán giradas a favor del Habilitado Pagador de las Escuelas Vocacionales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de mayo de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Educación Nacional,

Rafael PARGA CORTES

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