Por el cual se contracredita una suma y se acredita con otra la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1928-06-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno, en virtud de la autorización conferida por el artículo 1º de la Ley 25 de 1927, dictó el Decreto número 838 del presente año, por medio del cual reorganizó el Ministerio de Industrias;

Que como la partida asignada en el capítulo 38, artículo 470, del Presupuesto vigente, resultó insuficiente para atender al pago del personal conforme a la reorganización dada, el señor Ministro de Industrias solicitó del honorable Consejo de Ministros se dispusiera lo concerniente a fin de darle cumplimiento al Decreto atrás citado, y

Que la solicitud fue pasada en comisión para su estudio e informe al señor Ministro de Relaciones Exteriores, quien presentó la siguiente proposición que fue aprobada por el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 22 del que cursa:

«El Consejo de Ministros es de concepto que el Gobierno puede proceder a dictar el decreto correspondiente para hacer uso de las facultades otorgadas por la Ley 25 de 1927. Envíese al Ministerio de Hacienda para la redacción del decreto respectivo.»

DECRETA:

Artículo 1.º De acuerdo con la autorización conferida por la Ley 25 de 1927, y teniendo en cuenta la proposición aprobada por el honorable Consejo de Ministros en sesión del día 22 del presente, contracredítase con la suma de $147,330 la Ley de Apropiaciones de la presente vigencia, tomada de la siguiente imputación:

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

CAPITULO 40

Gastos Varios.

MINISTERIO DE INDUSTRIAS

CAPITULO 38

Ministerio de Industrias-Personal.

Artículo 470. Para sueldos de las empleados dependientes de este Ministerio

Publíquese. Dado en Bogotá a 26 mayo de 1928. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO Publíquese. Dado en Bogotá a 26 mayo de 1928. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO Publíquese. Dado en Bogotá a 26 mayo de 1928. MIGUEL ABADIA MENDEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO

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