Por el cual se establece un correo transversal nacional de Tunja a Sogamoso i viceversa

Rango Decreto
Publicación 1874-03-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Visto el artículo 535 del Código Fiscal,

DECRETA:

Art. 1.° Establécese un correo trasversal semanal de Tunja a Sogamoso i viceversa.
Art. 2.º Por la Dirección jeneral del ramo se dictarán las órdenes que conduzcan al cumplimiento del presente decreto.

Dado en Bogotá, a 13 de marzo de 1874.

El Secretario de Guerra i Marina,

Medardo Rivas.

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