Por el cual se organizan trabajos de exploración, trazado y construcción en las secciones Pasto-La Cruz y Pasto - Río Mayo, pertenecientes a las vías nacionales del Sur y del Suroeste, respectivamente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Organízanse los trabajos de exploración, trazado y construcción en las secciones Pasto-La Cruz y Pasto-Río Mayo, pertenecientes a las vías nacionales del Sur y del Suroeste, los que estarán a cargo de una Comisión Técnica con el personal y asignaciones mensuales que se expresan en seguida:
| Un Ingeniero Jefe, con | $ | 350 |
|---|---|---|
| Ingeniero primer Ayudante, con | 300 | |
| Ingeniero segundo Ayudante, con | 180 | |
| Un Dibujante, con | 150 | |
| Un Cajero Contador, con | 100 | |
| Un Oficial de Estadística, con | 80 |
Artículo 2° Los estudios deberán practicarse entre puntos obligados, a fin de emprender cuanto antes la construcción, y se sujetarán a las especificaciones reglamentarias sobre trazado y construcción de carreteras y caminos adoptadas por el Ministerio de Obras Públicas y a las órdenes que comunique la Dirección General de Caminos Nacionales.
Artículo 3° Para desempeñar los puestos a que se refiere el artículo 1°, háeense los siguientes nombramientos:
Ingeniero Jefe, Manuel María Bucheli.
Ingeniero primer Ayudante, Luis Aranguren.
Ingeniero segundo Ayudante, Samuel Chaves.
Cajero Contador, Jorge Gonzalo Castro.
Los nombramientos de Dibujante y Oficial da Estadística, sé harán por decreto separado.
Artículo 4° Antes de posesionarse, el Cajero Contador deberá otorgar fianza por la cuantía que fije la Contraloría General de la República, y estará obligado a verificar personalmente los pagos y a rendir las cuentas de inversión en la forma y términos que establecen las disposiciones sobre la materia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de enero de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obras Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.
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