Por el cual se fija una escala de remuneración de los empleos de la Comisión Nacional de Valores y se dictan otras disposiciones en materia salarial
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del 1º de enero de 1988, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos de la Comisión Nacional de Valores, a que se refiere el artículo 2º del Decreto Extraordinario 1168 de 1980:
| GRADO | ASIGNACION BASICA |
|---|---|
| 01 | $ 168.900 |
| 02 | 204.700 |
| 03 | 220.400 |
| 04 | 231.500 |
| 05 | 327.700 |
Artículo 2º En la escala de remuneración fijada en el artículo anterior, la primera columna señala los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleo. La segunda columna establece las asignaciones básicas para cada grado.
Artículo 3ºSin perjuicio de las normas especiales establecidas en el Decreto Extraordinario 1168 de 1980 y en el artículo 1º del presente Decreto, los empleos de la Comisión Nacional deValores, se regirán por las normas contenidas en el Decreto Extraordinario 1042 de 1978 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos leyes 159 y 595 de 1987, y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcon Mantilla.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Desarrollo Económico,
Luis Fernando Jaramillo Correa.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquin Barreto Ruiz.
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