Por el cual se fija una escala de remuneración de los empleos de la Comisión Nacional de Valores y se dictan otras disposiciones en materia salarial

Rango Decreto
Publicación 1988-01-20
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 4
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987,

DECRETA:

Artículo 1º A partir del 1º de enero de 1988, establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos de la Comisión Nacional de Valores, a que se refiere el artículo 2º del Decreto Extraordinario 1168 de 1980:
GRADO ASIGNACION BASICA
01 $ 168.900
02 204.700
03 220.400
04 231.500
05 327.700
Artículo 2º En la escala de remuneración fijada en el artículo anterior, la primera columna señala los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleo. La segunda columna establece las asignaciones básicas para cada grado.
Artículo 3ºSin perjuicio de las normas especiales establecidas en el Decreto Extraordinario 1168 de 1980 y en el artículo 1º del presente Decreto, los empleos de la Comisión Nacional deValores, se regirán por las normas contenidas en el Decreto Extraordinario 1042 de 1978 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos leyes 159 y 595 de 1987, y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1988.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcon Mantilla.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Desarrollo Económico,

Luis Fernando Jaramillo Correa.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquin Barreto Ruiz.

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