Por el cual se aprueba otro de la Gobernación de Cundinamarca
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Apruébase la siguiente providencia:
Decreto número 83 de 1918, por el cual se dicta una medida en relación con la Escuela Normal de Institutoras.
"El Gobernador de Cundinamarea. en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
"1"Que es conveniente prevenir el hecho de que por cualquier circunstancia un diploma de Maestro pase a poder de otra persona distinta de aquella a cuyo favor se ha expedido, y se pretenda ejercer al magisterio valiéndose de un título mal adquirido;
"2" Que es necesario salvaguardiar el derecho de los Institutores; de suerte que en caso de extravio del diploma pueda saberse si el poseedor es su legítimo dueño,
decreta:
"Artículo 1° Establécele desde el presente año en adelante la condición de que para expedir diploma de Maestros de Escuela e1 titulo debe llevar adherida y pisada con el sello de la Dirección General de Instrucción Pública la fotografía de la persona a. cuyo favor se expida el correspondiente título.
"Artículo 2° Igualconsicion se exige respeto de la Escuela de Artes y Oficios para señoritas de esta ciudad.
"Artículo 3° La Dirección General no podrá autorizar ningún examen de grado si previamente no se ha llenado esta condición.
"Comuníquese y publíquese.
" Dado en Bogotá a siete de mayo de mil novecientos diez y ocho.
"R. ESCALLON-El Director General de Instrucción Pública..R.Cortazar."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de Junio de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro' de Instrucción Pública, EmilioFERRERO.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.