Por el cual se crea un puesto en la sección segunda del ferrocarril Central del Norte, y se hace un nombramiento

Rango Decreto
Publicación 1926-07-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de Colombia, en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

Que la Superintendencia del Ferrocarril Central del Norte, sección segunda, en oficio número 2363, de fecha 4 de los corrientes, indica la conveniencia de crear un departamento de Proveeduría en la línea, para que se encargue de verificar las compras de los materiales que necesitan los Ingenieros para las obras a su cargo, prohibiendo al mismo tiempo a estos empleados que hagan directamente adquisición alguna; y

Que el objeto de esta medida es el de unificar los precios, las calidades y en general todo el sistema de compras, en el cual existía una gran anarquía,

decreta:

Artículo 1º Créase en la sección segunda del ferrocarril central del Norte, el puesto de Proveedor de la línea, quien se encargará de verificar todas las compras de los materiales que necesiten los Ingenieros para la distintas obras a su cargo, con una asignación de $ 180 mensuales, cuyas funciones serán reglamentadas por la Superintendencia de la Empresa.

El Proveedor, como dependiente que es del Almacenista principal de la Empresa, otorgará fianza de manejo, en la forma establecida en la Resolución número 7, de fecha 23 de enero del corriente año, dictada por el Ministerio de Obras Públicas.

Artículo 2º Nómbrase para desempeñar este cargo al señor Francisco de P. Vivaría, quien ha sido indicado por la Superintendencia de la Empresa aludida.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de junio de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.

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