Por el cual se dicta el Presupuesto de Renta y Gastos de la Intendencia del Alto Caquetá
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Art. 1.° Son rentas de la Intendencia del Alto Caquetá las siguientes:
1.a El auxilio con que la Nación contribuye para el sostenimiento de la Intendencia;
2.a El monopolio de licores;
3.a El impuesto de tabaco y cigarrillos ;
4.a El derecho de pisadura ;
5.a El impuesto de degüello de ganado mayor ;
6.a El impuesto de exportación de ganados ;
7.a El derecho de extracción y exportación de caucho; y
8.a El impuesto de multas.
Art. 2.° Los impuestos, de licores, tabaco y cigarrillos, conforme á lo establecido en las leyes que regulan estas rentas y según organización que dará el Intendente, con aprobación del Gobierno.
El derecho de pisadura consiste en el impuesto de diez centavos oro por cada cabeza de ganado mayor que transite por las vías de comunicación de la Intendencia.
El derecho de degüello de ganado mayor será de dos pesos oro por cada res que se dé al expendio público.
El ganado mayor pagará por la exportación un peso oro por cada res que salga del territorio de la Intendencia.
La extracción y exportación de cauchos pagará dos centavos oro por cada kilogramo de caucho que se extraiga.
El de multas por las penas pecuniarias que se impongan por la Intendencia.
Capítulo II
Art. 3.° Son gastos de la Intendencia los siguientes:
| Intendencia (personal). | |||
|---|---|---|---|
| Sueldo mensual del Intendente | $ 150 | ||
| Id, íd. del Secretario | 100 | ||
| Id. íd. del Escribiente | 50 | ||
| Id. íd. de tres Inspectores de Policía, a $ 40 cada uno | 120 | ||
| Intendencia (material) | 20 | 440 | |
| Administración de Hacienda (personal). | |||
| Sueldo mensual del Administrador Contador | $ 100 | ||
| Administración de Hacienda (material) | 5 | 105 | |
| Cárceles (personal). | |||
| Sueldo mensual del Director de la Colonia Penal é Inspector de obras públicas | $ 100 | ||
| Sueldo mensual de dos Sargentos primeros (Alcaides), á 30 cada uno | 60 | ||
| Sueldo mensual de dos Cabos primeros, á $ 22 cada uno | 44 | ||
| Sueldo mensual de dos Cabos segundos, á $ 20 cada uno | 40 | ||
| Sueldo mensual de veinte soldados, á $ 15 cada uno | 300.. | ||
| Alimentación de sesenta presidiarios y veintiséis custodios del presidio, á $ 17 oro cada uno | 1,462 | ||
| Cárceles (material) 20 | 20 | 2,026 | |
| Correos y Telégrafos. | |||
| Dos Correos quincenales de la capital de la Intendencia á Mocoa y Garzón | $ 100 | ||
| Correos y Telégrafos (Material). | |||
| Canoas y bogas | 50 | 150 | |
| Colonización (Personal). | |||
| Sueldo mensual de un Capellán | $ 80 | ||
| Id. íd. de un Médico | 100 | ||
| Auxilio id. de cinco familias | 50 | ||
| Colonización (Material.) | |||
| Para medicamentos de las Colonias Penal y Militar, mensualmente | 20 | 250 | |
| Pasan | $ 2,971 | ||
| Vienen | $ 2,971 | ||
| Gastos varios. | |||
| Herramientas y materiales para edificios públicos y caminos | $ 30 | ||
| Gastos imprevistos | 29 | 59 | |
| Suma total | $ 3,030 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 21 de Agosto de 1905.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
BonifacioVelez
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