Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1942-04-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 8 de abril del presente año, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en la nota número 8149, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Capítulo 22: Capítulo 22: Capítulo 22: Capítulo 22:
Del artículo 189. Para gastos de demarcación de límites y fijación de ellos, en el año $ 33.723.46
Capítulo 19. Capítulo 19. Capítulo 19. Capítulo 19.
Al artículo 167. Para sueldos del personal del Ministerio y Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, en el año 210.00
Al artículo 171. Para útiles de escritorio, conservación y reparación de muebles y equipo mecánico, en el año 2.000.00
Al artículo 172. Para material y gastos varios del Ministerio, combustibles, lubricantes, reparaciones y repuestos de los vehículos al servicio del mismo, en el año 3.000.00
Capítulo 20: Capítulo 20: Capítulo 20: Capítulo 20:
Al artículo 179. Para atender al pago de arrendamiento de edificios al servicio de las Embajadas y Legaciones de Colombia en el Exterior, en el año 8.987.22
Al artículo 180. Para viáticos del personal diplomático, en el año 17.526.24
Capítulo 23: Capítulo 23: Capítulo 23: Capítulo 23:
Al artículo 192. Para atender al pago de cuentas de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas 2.000.00
Sumas iguales $ 33.723.46 33.723.46
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de abril de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Luis LOPEZ DE MESA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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