Por el cual se crea un cargo en el Consejo de Política Aduanera

Rango Decreto
Publicación 1960-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de las autorizaciones concedidas por la Ley 19 de 1958, previo concepto favorable del Consejo de Ministros, y

CONSIDERANDO

que para un adecuado funcionamiento del Consejo de Política Aduanera se hace necesaria la creación del cargo de Auxiliar de Actas y Archivos,

DECRETA:

Artículo 1° Créase, dependiente del Departamento de Arancel de la Dirección General de Aduanas, el cargo de Auxiliar de Actas y Archivo del Consejo de Política Aduanera con asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800.00) moneda corriente.
Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 8 de abril de 1960.

DARIO ECHANDIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa

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