Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2564 de1984

Rango Decreto
Publicación 1985-04-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 1
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los literales b) y f) del artículo 16 del Decreto 088 de 1976, artículo 1º del Decreto 1050 de 1968 y numeral 39 del artículo 120 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1º Las Fuerzas Armadas, tendrán un representante en el Consejo Nacional Coordinador para la celebración del Año Internacional de la Juventud, creado por el Decreto 2564 de 1984.
Artículo 2º El representante a que se refiere el artículo anterior, será nombrado por el Ministro de Defensa.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 8 de abril de 1985.

BELISARIO BETANCUR

La Ministra de Educación Nacional

Doris Eder De Zambrano.

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