Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica

Rango Decreto
Publicación 1908-09-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1°. Trasládase en el Presupuesto de Gastos de 1908 del Departamento de fomento, capítulo 81, artículo 409, la suma de $150,000 a las siguientes imputaciones:

.

Artículo 2°. Las oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.

Dado en Bogotá, á 7 de Septiembre de 1908.

R. REYES

El Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho,

B. Sanin Cano

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.