Por el cual se modifica la organización del Gabinete del Ministro en el Ministerio de Comunicaciones

Rango Decreto
Publicación 1956-05-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial, de las que le confiere el Decreto legislativo número 170 de 1956,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprimense los siguientes cargos en el Despacho del Ministro de Comunicaciones
Un Secretario Privado con asignación mensual de 500.00
Un Portero Mensajero con asignación mensual de 280.00
Un Chofer. con asignación mensual de 355.00
Total 1435.00
Artículo 2°. Créase en el Gabinete del Ministro de Comunicaciones:
Una Secretaria Privada, con los siguientes cargos y asignaciones mensuales 800.00
Un Secretario Privado con asignación mensual de 500.00
Un Oficial Mayor, con asignación mensual de 500.00
Una Mecanotaquígrafa con asignación mensual de 350.00
Un Portero Mensajero. con asignación mensual de 280.00
Un Chofer con asignación mensual de 355.00
Total $ 2.285.00
Artículo 3°. Las asignaciones correspondientes a las supresiones, y creaciones anteriores, se imputarán al Capítulo 500, articulo 5000 del Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo 4°. Este Decreto regirá a partir del 1 de abril del corriente año.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D.E., a 27 de abril de 1956

Gral Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

El Ministro de Comunicaciones.

Mayor General Gustavo Berrio Muñoz

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